b) Debes hacer que cualquier trabajo que distribuyas o publiques, que en total o en parte contenga o sea derivado del Programa o de cualquier parte del mismo, sea registrado en su totalidad, sin cargos para todos los terceros, bajo los términos de esta licencia.
La sección 2(b) de la GPL es algunas veces llamada "restrictiva", pero su intención es liberadora. Crea un bien común al que todos pueden añadir pero al cual nadie puede restarle. Debido a la S2(b), cada contribuyente a un proyecto registrado con la GPL tiene garantizado que él, y todos los demás usuarios, también serán capaces de ejecutar, modificar y redistribuir el programa indefinidamente, que el código fuente siempre estará disponible, y que, a diferencia del software comercial, su longevidad no podrá ser limitada por las contingencias del mercado o las decisiones de futuros desarrolladores. Esta "herencia" de la GPL ha sido criticada algunas veces como un ejemplo de la inclinación anti-comercial del movimiento del software libre. Nada podría estar más lejos de la verdad. El efecto de la S2(b) es hacer que los distribuidores comerciales de software libre sean mejores competidores contra los negocios de software privativo. Para confirmar este punto, no se puede hacer nada mejor que preguntarle a los competidores privativos. En los términos que el autor del memo "Halloween" de Microsoft, Vinod Vallopillil, lo puso:
La GPL y su aversión a la división del código asegura a los clientes que ellos no están metidos en un callejón sin salida evolutivo al suscribir a una versión comercial particular de Linux.
El callejón sin salidea evolutivo es el meollo del argumento FUD del software [25].
25. V. Vallopillil, Software de código abierto: Una (¿nueva?) Metodología de desarrollo.
1 comentario:
eh? :(
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